La Hacienda Publica
Definición.
Concepto: Es el conjunto de actividades que el Estado realiza para la obtención de bienes y servicios destinados a satisfacer las necesidades colectivas de la comunidad. En este caso la demanda se satisface no por el mercado, sino mediante la política implementado por los representantes del pueblo, es decir los legisladores.
Otra definición, se trata de la coordinación económica activa de bienes y personas en un territorio dado a fin de satisfacer necesidades comunes y colectivas, conforme a un régimen de subordinación de autoridad publica de naturaleza delegada.
Caracteristicas
Por la naturaleza del vinculo. Es compulsiva por contrario de voluntaria
Por su duración. Es perdurable por contrario de transitoria,
Es directa, se aplica a la atención de necesidades
Es administrativa por contrario de especulativa
Por la integración de los órganos del ente. Es dependiente, el ejecutivo y el legislativo están separados
Es formal, debido a las reglas que la rigen
Es política, la gestión y la toma de decisiones no responde a las leyes del mercado,
Su gestión y control giran alrededor del presupuesto.
Por la finalidad del ente. Compuesta ya que por las características del estado se da tanto los objetivos de producción y de erogación o consumo
Por la condición jurídica. Publica
DIFERENCIAS ENTRE HACIENDA PUBLICA Y PRIVADA
CLASIFICACION HACIENDA HACIENDA
GENERAL PUBLICA PRIVADA .
POR SU DURACION PERDURABLES TRANSITORIAS
NATURALEZA DEL VINCULO COACTIVAS VOLUNTARIAS
POR FINALIDAD COMPUESTAS PRODUCCION
POR CONDICION JURIDICA PUBLICAS PRIVADAS
POR INTEGRACION DE LOS DEPENDIENTES INDEPENDIENTES
ORGANOS
POR LA DIVISION DEL TRABAJO DIVISA INDIVISA
ADMINISTRATIVO
PRESUPUESTO
Es una de las características distintivas de la Hacienda Publica.
ES UN INSTRUMENTO DE PLANIFICACION
Es una técnica de ordenamiento de un plan administrativo financiero de las acciones de gobierno, en un determinado lapso de tiempo generalmente un año. En el estado Moderno debemos adicionar el concepto de que su actividad es de no neutralidad frente a la economía. Por tal razón, cuando se formulan dichas acciones de gobierno no solo se debe medir la distribución de la carga tributaria, sino que se debe ponderar el empleo de los medios, humanos materiales y patrimonio, en su relación con el mercado, la balanza de pagos, los salarios, la moneda y el crédito.
Es el proceso destinado a elaborar, expresar, aprobar, coordinar, ejecutar y evaluar específicamente las corrientes de gastos e ingresos, es considerado doctrinariamente como un instrumento polivalente de: 1) Gobierno porque permite en forma adecuada y oportuna el proceso de toma de decisiones sobre una base técnica consistente 2) Administración al determinar responsabilidades en función del principio de división del trabajo, detectando los distintos niveles del la organización del sector publico. 3) Planificación al vincular en el corto plazo las necesidades de asignaciones financieras en programas y planes de gobierno y 4) Legalidad a partir de la aprobación de la que se va hacer es posible controlar lo hecho.
CLASIFICACION DE LA HACIENDA PUBLICA
CLASIFICACION TRADICIONAL: Se puede dividir la misma en De Producción, De erogación o consumo y Compuesta.
CLASIFICACION MODERNA: Se puede dividir en Gestión Funcional, Gestión por objetivos y Gestión integrada. Esta clasificación conceptualiza al Estado como productor de bienes.
MARCO NORMATIVO
CONSTITUCION NACIONAL
CONSTITUCION PROVINCIAL
CONSTITUCION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BS. AS.
LEY DE MINISTERIOS NACIONAL Nº 22520 Y MODIF.
LEY DE MINISTERIOS PROVINCIAL Nº 12355
LEY ORGANICA DE MUNICIPIOS Nº 6769/58 Y MODIF.
LEY DE REFORMA DEL ESTADO Nº 23696
LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Nº 24156
LEY DE SOLVENCIA FISCAL Nº 25152
DECRETO LEY 7764/72 LEY CONTABILIDAD DE LA PCIA DE BS.AS.
LEYES COMPLEMENTARIA PERMANENTES DEL PRESUPUESTO NACIONAL Nº 11676 Y PCIA 10189
LEYES ORGANICAS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, DE CONTADURIA Y DE TESORERIA DE LA PCIA DE BS. AS.
TRABAJO PRACTICO Nº 1
ARTICULO 9 DE LA LEY 24156 DICE : en el contexto de esta ley se entenderá por entidad a toda organización publica con personalidad jurídica y patrimonio propio; y por jurisdicción a cada una de las siguientes instituciones: a) Poder Ejecutivo, b) Poder Legislativo y c) Poder Judicial
Qué significa esto
Agregar una declaración de su opinión acerca del tema
Resumir los puntos principales que desee que la audiencia recuerde
Pasos siguientes
Resumir cualquier acción que deban realizar los participantes
Resumir los elementos de acción que se deben llevar a cabo