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UNIDAD N º I

EL TRABAJO Y EL DERECHO DEL TRABAJO

PRIMERA PARTE:

EL TRABAJO :
Concepto

“ Es toda actividad lícita a favor de quien tiene la facultad de dirigirla mediante una remuneraciónâ€
Existe entre las prtes una relación de intercambio
art 4 de la LCT “ Constituye trabajo a los fines de esta ley , toda actividad lícita que se preste a favor de quien tiene la facultad de dirigirla , mediante una remuneración . El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta leyâ€

Nociones Generales :

La LCT no regula todo tipo de trabajo, quedan fuera de su alcance el trabajo benévolo , el familiar y el trabajo autónomo , es decir, no se ocupa de todo el trabajo humano sino sólo aquellos trabajos en relación de dependencia » Lee el resto de esta entrada..

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1) Se basa en el requisito de esencialidad.
2) Objetivos de los estados contables consolidados (RT 21): Presentar la situación patrimonial, financiera y los resultados de las operaciones de un grupo de sociedades relacionadas en razón de un control común, ejercido por parte de una sociedad, como si el grupo fuera una sola sociedad con una o más sucursales o divisiones. Ello implica presentar información equivalente a la que se expondría si se tratase de un ente único, desde el punto de vista de los socios o accionistas de la sociedad controlante.
3) Se consolidan todas (aún las de actividades no homogéneas)
4) Controladas que se excluyen:
a) Control temporal: se adquirió para vender dentro del año
b) Control no efectivo: empresa en convocatoria, intervención judicial, etc.
c) No recuperabilidad de la inversión: se previsionó totalmente el valor de la inversión de controlante en controlada. » Lee el resto de esta entrada..

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Medidas cautelares: son aquellas que tienen como fin asegurar el ejercicio de un derecho. Lo que se pretende tutelar es la posibilidad de hacer efectivo el derecho que se está invocando y que será resuelto luego que el juez dicte sentencia favorable.
Son medidas tomadas por los jueces con el objetivo de impedir la disposición de los bienes del deudor. Las más importantes son: embargo preventivo, secuestro de bienes, inhibición general de bienes, anotación de litis, prohibición de innovar, prohibición de contratar, intervención judicial, etc.

Oportunidad y requisitos para entablar una m.c.:
El motivo por el cual uno pide una m.c. con una premura tal que lo haga antes de iniciar una demanda es que exista un peligro inminente; un peligro tal que cualquier demora puede hacer ilusa posibilidad de un resarcimiento económico a través de una sentencia.

La Prueba Anticipada también se puede pedir antes de iniciar demanda. Aquí el objetivo principal es mantener un medio de prueba, es decir que éste se pueda llevar adelante. La prueba anticipada se da fundamentalmente cuando la prueba puede desaparecer con el curso del tiempo. Ej. una prueba testimonial de una persona que le quedan pocos días de vida, una prueba material que puede ser destruida por hechos ajenos al proceso judicial en sí.

Tampoco es necesario esperar hasta la sentencia del juez para pedir la m.c. ya que durante el proceso el demandado puede comenzar a insolventarse y cuando el juez lo condene podría haber imposibilidad práctica del resarcimiento en base a la sentencia.

Concluimos que se puede pedir una m.c. en cualquier momento del juicio:
a) Antes de iniciar la demanda judicial
b) Junto con la demanda judicial
c) Luego de iniciada la demanda judicial

d) Luego del dictado de la sentencia (solo algunos autores) » Lee el resto de esta entrada..

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Las deducciones generales son conceptos que, si bien no cumplen con el principio general de deducibilidad de un gasto (es decir, que sea “necesario para obtener, mantener y conservar la ganancia gravadaâ€) son deducibles por estar taxativamente enunciados como deducción por la Ley.

Se detraen de la sumatoria del resultado neto de las cuatro categorías y su criterio de imputación al período fiscal es el del “percibido†(es decir, que para poder deducirlos, deben haber sido abonados).

Los conceptos a los que nos referimos están contemplados en el art. 22 (gastos de sepelio) y en el art. 81 (deducciones generales) de la ley.

Art.22 (LIG) / Art. 46 (DR) – GASTOS DE SEPELIO

De acuerdo con estos artículos, de la ganancia del año fiscal se podrán deducir los gastos de sepelio incurridos en el país, por el fallecimiento del contribuyente o de alguna de las personas que revistan la condición de “carga de familia†para el mismo, hasta un máximo de $ 996,23 por caso y, siempre y cuando, las erogaciones surjan de comprobantes.
Cuando los gastos se originen en el deceso del contribuyente, se podrá optar por efectuar la deducción en la última DDJJ del causante o en la de la sucesión indivisa.

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A ) INTRODUCCION:

El trabajo está dirigido básicamente a estudiantes universitarios de Cátedras afines a esta problemática ( Contabilidad Industrial, Costos para la Gestión, Planeamiento y control de gestión y similares), motivo por el cual se recurre a explicaciones detalladas innecesarias para los profesionales experimentados.-

Los complejos problemas operativos, comerciales y administrativos de la industria moderna, así como la creciente competencia y convulsión de los mercados, han aumentado enormemente las dificultades de conducción de las empresas, induciendo a su dirección a adoptar sistemas informativos cada vez más científicos y sofisticados, que tiendan a asegurar la gestión de los entes con criterios absolutamente económicos, es decir con la óptima utilización de capital, instalaciones, materiales y recursos humanos.-

Los costos constituyen una de las bases sólidas para la puesta en marcha y mantenimiento de sistemas de control de gestión, porque todas las actividades de una empresa pueden ser expresadas y medidas en términos de costos o gastos, y porque éstos pueden ser predeterminados en base a estándares.-

Los costos standard cumplen con el principio de administración por objetivos y constituyen uno de los pilares en que se basa un sistema de información gerencial, pues brindan una base para la medición de la eficiencia por áreas de responsabilidad y suministran información válida para la adopción de un sinnúmero de decisiones.-

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La figura del leasing no es nueva, por supuesto. La legislación ha ido incorporando normas y marcos regulatorios que en todo caso sirven para calificarlo y encuadrarlo.

Leasing es una palabra de origen inglés que podemos traducir como “alquiler con opción a compraâ€. Entre nosotros hace muchos años que existe esta figura, aunque durante mucho tiempo (y aún hoy) se han generado dudas sobre su tratamiento impositivo, debido a que prácticamente no existía norma alguna que la regulara. Trataremos de reseñar brevemente el encuadramiento legal y las distintas variantes que se presentan de acuerdo a la legislación actualmente vigente. Nos proponemos analizar el tratamiento impositivo en los distintos impuestos nacionales.

Actualmente esta figura se encuentra enmarcada en la ley 25.248, que vino a complementar y modificar los aspectos básicos que en su momento se incluyeron en la 24.441, que es la ley que se ocupa fundamentalmente del fideicomiso. El decreto 1038/00 estableció por su parte el tratamiento impositivo, cosa que debería haber hecho la ley.

El leasing es un contrato mediante el cual un dador entrega a un tomador un bien por el que percibe un canon durante un lapso determinado, pudiendo el tomador optar por la compra del bien por un precio al finalizar el mismo.

Si bien en la ley 24.441 se aplicaban restricciones respecto de quiénes podrían ser dadores, en la actualidad éstas se han eliminado, lo mismo que otros requisitos como el valor de opción de compra relacionado con el valor contable.
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Una forma muy acertada de llevar a cabo este tipo de análisis es por medio de un estudio del FODA. Esta matriz hace ver las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas que tiene o puede tener una organización en su entorno. Es de vital importancia desarrollarla para tener una mejor orientación en el momento de plasmar sus objetivos y planes de acción, para que estos sean lo más cercano a la realidad de la empresa.
Los factores externos de una organización presentan las oportunidades y las amenazas que, bajo una acertada perspectiva crean un atractivo, mientras que los internos, fuerzas y

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1. Introducción
El análisis FODA es una herramienta que permite conformar un cuadro de la situación actual de la empresa u organización, permitiendo de esta manera obtener un diagnóstico preciso que permita en función de ello tomar decisiones acordes con los objetivos y políticas formulados.

El término FODA es una sigla conformada por las primeras letras de las palabras Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (en inglés SWOT: Strenghts, Weaknesses, Oportunities, Threats). De entre estas cuatro variables, tanto fortalezas como debilidades son internas de la organización, por lo que es posible actuar directamente sobre ellas. En cambio las oportunidades y las amenazas son externas, por lo que en general resulta muy difícil poder modificarlas.
• Fortalezas: son las capacidades especiales con que cuenta la empresa, y por los que cuenta con una posición privilegiada frente a la competencia. Recursos que se controlan, capacidades y habilidades que se poseen, actividades que se desarrollan positivamente, etc.
• Oportunidades: son aquellos factores que resultan positivos, favorables, explotables, que se deben descubrir en el entorno en el que actúa la empresa, y que permiten obtener ventajas competitivas.
• Debilidades: son aquellos factores que provocan una posición desfavorable frente a la competencia. recursos de los que se carece, habilidades que no se poseen, actividades que no se desarrollan positivamente, etc.
• Amenazas: son aquellas situaciones que provienen del entorno y que pueden llegar a atentar incluso contra la permanencia de la organización.
2. Análisis
El Análisis FODA es un concepto muy simple y claro, pero detrás de su simpleza residen conceptos fundamentales de la Administración.
Tenemos un objetivo: convertir los datos del universo (según lo percibimos) en información, procesada y lista para la toma de decisiones (estratégicas en este caso). En términos de sistemas, tenemos un conjunto inicial de datos (universo a analizar), un proceso (análisis FODA) y un producto, que es la información para la toma de decisiones (el informe FODA que resulta del análisis FODA).
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1 – Compentecia
a- El marco de la jurisdicción !
b-
c-

2 – Jurisdicción es cuestión que incumbre a:
a- Los 3 poderes!
b-
c-

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